Hermana del presidente Duque se retira de Avianca

Comparte

Avianca Holdings reveló que la chief customer experience officer de la aerolínea, María Paula Duque, hermana del presidente colombiano, dejará la compañía a finales de febrero, exactamente el día 28. Según explicó la compañía, las decisiones pertinentes sobre quién asumirá las tareas previamente asignadas a la directiva serán tomadas en las próximas semanas.

“A María Paula un agradecimiento especial de parte de todo el equipo de Avianca por su esfuerzo incansable y compromiso en estos retadores cinco años de trabajo”, dijo Anko van der Werff, presidente y CEO de Avianca Holdings.

Duque estuvo en 2016 en el cargo de vicepresidenta de Relaciones Estratégicas de la aerolínea y en 2019 llegó a su actual puesto. Por ahora se desconocen los motivos de su renuncia.

Además de este cargo, María Paula Duque trabaja como socia inversionista de la firma Avanz Consultores y desde mayo de 2020 es miembro de la Junta Directiva de EWA Capital

Antes hizo parte de la Andi, Seguros Bolívar, la Asociación Nacional de Anunciantes de Colombia, Credibanco, Internexa y la Cámara de Comercio de Bogotá.

De acuerdo con su hoja de vida, Duque es abogada de la Universidad de los Andres y tiene una especialización en Marketing Electoral y Opinión Pública de la Universidad Javeriana y una maestría en Comunicaciones de la Universidad de Strathclyde (Escocia).

Te puede interesar: Viaja por Colombia con ViajesBaratos

Tribunal da por terminado el proceso de préstamo a Avianca

En agosto de 2020, el Gobierno nacional anunció que haría un préstamo a la aerolínea Avianca hasta por 370 millones de dólares, con el fin de garantizar la prestación del servicio, la conectividad aérea de los colombianos y la actividad económica general.

Te puede interesar:  LATAM anuncia vuelo entre Lima y Cartagena

Sobre este préstamo se derivó una lluvia de críticas contra el Ministerio de Hacienda y la aerolínea por el monto anunciado para el salvamento de la compañía.

La aerolínea, que se acogió en mayo pasado a la ley de bancarrotas de Estados Unidos tras las dificultades causadas por la pandemia del coronavirus, explicó en ese momento, que el crédito era una transacción de 18 meses y formaba parte de una operación liderada por inversionistas privados.

Según el Ministerio de Hacienda, “la decisión se da luego de un proceso de análisis y estudio de alternativas frente a la participación del Gobierno que inició en marzo de este año, cuando la compañía tuvo un primer acercamiento para buscar financiamiento. En este proceso de decisión se tuvo en consideración los potenciales efectos adversos de una cesación permanente de los servicios provistos por Avianca en términos de actividad económica, la capacidad de transporte aéreo, la destrucción de empleos y la pérdida de ingresos, tanto de la Nación como de las Entidades Territoriales”.

Sin embargo, el pasado 12 de noviembre, la aerolínea, que garantiza el 45% del transporte aéreo en Colombia, Avianca Holdings, informó que no necesitaba del apoyo que había ofrecido el Gobierno colombiano para su plan de reestructuración.

“Con el apoyo de una gran cantidad de inversionistas institucionales externos y prestamistas existentes en su financiamiento DIP, Avianca tiene la flexibilidad financiera durante esta etapa para soportar sus operaciones y continuar avanzando en su plan de reorganización sin la participación del Gobierno de Colombia en el financiamiento DIP”, dijo la aerolínea.

El pasado 3 de febrero el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dio por finalizado el proceso que se adelantaba por el préstamo por carencia actual de objeto por hecho superado.

Te puede interesar:  Apps: CinePapaya ahora se llama Fandango

En la decisión, los magistrados se abstuvieron de resolver los recursos de reposición y en subsidio el de queja, interpuesto en contra del auto del 9 de noviembre de 2020 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dentro del trámite incidental. Al igual que el recurso de reposición interpuesto por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica en contra del auto del 3 de noviembre de 2020, mediante el cual se negó la solicitud de suspensión del proceso, como consecuencia de haberse declarado, en esta providencia, la carencia actual de objeto.

Suscríbete a nuestro boletín

Recibe directo en tu email mucha información de valor sobre Turismo, Hoteles y mucho más.

Respetamos tu información y no enviamos SPAM – Ver Aviso legal